miércoles, 26 de diciembre de 2007

In dubio pro SGAE.

Artículo publicado en Vistazoalaprensa.com en abril de 2005


Recordarán ustedes el revuelo organizado hace unos años cuando la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) logró que se implantara un canon sobre el precio de los discos compactos vírgenes, como ya antes consiguiera con las cintas magnetofónicas de audio y vídeo.

Aunque me apetece disertar sobre el calificativo “virgen” aplicado a un disco y especular sobre la calenturienta mente de quien le asignó tal adjetivo, así como del minúsculo agujerito que los CD tienen y que sirve no para lo que pensó el sátiro autor de tal denominación, sino para que se sujete el disco centrado dentro del equipo que lo hace sonar, y demás cuestiones relacionadas con la virginidad de los discos y las cintas (que no de los discos encinta o preñados) voy a mojarme, como cantaba Ana Torroja, las ganas en este café y a hablarles de lo que tenía previsto.

Varias teorías expone la SGAE para justificar el canon. Una de ellas se basa en el derecho de los autores y editores a percibir alguna comisioncilla por las copias llamadas privadas, es decir, que si su coche no dispone de lector de CD, pero sí lleva instalado un radio casete, y usted quiere escuchar en su automóvil la música del último CD de su autor preferido que usted ya adquirió y por el que ya pagó 18 euros, y graba ese CD en una cinta para poder así gozar de su música mientras conduce, esa copia no puede escapar a la voracidad recaudatoria de la SGAE, pues lo que debiera usted haber hecho es comprar un CD para el salón de su casa, un casete para su coche y un disco de vinilo para escucharlo en la vieja gramola que su cuñado tiene en el desván. Esta teoría, que puede llegar a ser discutible, no escapa sin embargo a toda lógica, como en efecto lo hace la que les cito en el párrafo siguiente.

Opinan desde la SGAE que siendo imposible evitar la piratería musical, y resultando necesario el soporte magnético -en disco compacto o cinta de casete- para llevar a cabo las copias ilegales, se incremente el precio de discos y cintas en blanco -me sigo resistiendo a llamar vírgenes a esos chismes por motivos obvios- y santas pascuas. El importe recaudado con ese incremento será destinado a la propia SGAE. Da lo mismo que usted utilice la cinta para grabar el canto alegre de su canario, o la maravillosa interpretación que hace su suegra del “Antes puerta que ser silla” -título ligeramente alterado no sea que los de la SGAE pretendan cobrarme por citarlo-, o las promesas que su cónyuge haga ante el altar -o ante el juez, el alcalde, el concejal o el capitán de barco- el día de su boda, y que usted quiera tener almacenadas por si ha de recordárselas pasados unos años. Y lo mismo da que usted utilice los discos compactos para almacenar las fotos de sus vacaciones, o, como hace mi vecino de al lado, para colgarlos de las ramas de su cerezo, a fin de evitar, a causa de la refracción sobre los CD de los rayos solares, que los pajarillos se posen sobre él y se hagan sus cosas en su patio, consiguiendo así que crucen al mío para hacérselas en él, libres ya de reflejos molestos del astro rey y de cánones de derechos de autor.

En un Estado de Derecho, en el que prevalecen principios como el de presunción de inocencia -nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario- o el de “In dubio pro reo” -en caso de duda en favor del inculpado- resulta que mi vecino ha de pagar un incremento por los CD que utiliza como espantapájaros, y los padres lo hemos de hacer por los CD que nuestros hijos usan para almacenar sus apuntes, y todo ello con base en la exclusiva razón de que existe siempre la posibilidad de que alguien haga una copia ilegal de un CD original. Siguiendo este razonamiento, cualquier día nos colocan otra tasa en los folios, que son el soporte sobre el cual se plasman las fotocopias –ya sujetas a otro canon- ilegales de libros, revistas, etc…

No satisfechos con esto, desde la Sociedad (que no saciedad que, visto lo visto, se trata de una sociedad insaciable) General de Autores y Editores están intentando -y parece que a punto de conseguir- se aplique otro canon a las líneas ADSL, pues son éstas susceptibles de ser utilizadas para obtener música, vídeos, etc… de forma ilícita y contraviniendo las leyes de propiedad intelectual. Dará igual que usted no acostumbre a bajarse música de la red ni que no tenga ni repajolera idea de cómo se hace tal cosa. Como existe la posibilidad que lo haga, paga de antemano. O sea “in dubio pro SGAE”.

Pretenden, además, que sean las propias compañías telefónicas las que vigilen el trasiego de archivos entrantes y salientes de nuestros ordenadores y denuncien las sospechas de infracción, o que, en otro caso, sean las suministradoras de servicios de telefonía quienes se responsabilicen ( y paguen por ello) de cada copia ilegal llevada a cabo por sus abonados. ¿Ven ustedes al Sr. Wanadoo, o a la Sra. Auna, o a cualquiera de sus colegas, sentados en el banquillo de los acusados porque el hijo de mi vecina Paqui -que el crío es un hacha en esto de las nuevas tecnologías y que ya está viendo en el DVD las películas de moda incluso antes de que se estrenen en los cines- sea más pirata que Sandokán? Yo a quien veo es a la pobre Paqui, pagando a Wanadoo, a la SGAE y sufragando también las costas del juicio, dándole de collejas al puñetero niño y retirándole la paga semanal hasta que cumpla los treinta.

Esperemos al menos que el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones estén por encima de los intereses de la SGAE, y que no tengamos que asistir a otro episodio más de “In dubio pro SGAE”.

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